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Herencias y testamentos en Catalunya: las 8 dudas que más nos plantean
Plazos de aceptación, impuesto de sucesiones, herederos que no se ponen de acuerdo o legítima catalana: resolvemos las preguntas más habituales sobre herencias en Tarragona.
El derecho civil catalán tiene particularidades importantes en materia sucesoria que muchas veces sorprenden a quienes gestionan una herencia por primera vez, sobre todo si han vivido fuera de Catalunya o si algún heredero reside en otra comunidad autónoma.
Una de las dudas más frecuentes es el plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones: son seis meses desde el fallecimiento, prorrogables por otros seis si se solicita antes de que termine el plazo inicial. No liquidar a tiempo genera recargos que crecen con rapidez, por lo que conviene iniciar los trámites cuanto antes aunque la partición de bienes no esté cerrada.
Otra cuestión habitual es la legítima catalana, que a diferencia de otras legislaciones españolas es solo de una cuarta parte del as hereditario (frente al tercio o dos tercios de otras regiones), lo que da bastante más libertad para testar. Esto explica por qué muchos testamentos otorgados fuera de Catalunya generan sorpresas cuando el causante tenía su residencia habitual en Tarragona.
¿Qué pasa si no hay testamento? Se abre la sucesión intestada y el orden legal de llamamiento determina quién hereda: primero descendientes, luego cónyuge o pareja estable, después ascendientes y finalmente colaterales. Es un proceso más lento porque requiere una declaración de herederos ante notario.
También es muy común la pregunta sobre qué hacer si un heredero no quiere firmar la partición o directamente no aparece. Existen mecanismos legales, desde la mediación hasta el procedimiento judicial de división de herencia, pero cuanto antes se aborde con asesoramiento profesional, menor es el desgaste entre familiares y menor el coste fiscal derivado de una liquidación tardía.
Finalmente, no hay que olvidar la vertiente económica: la valoración de inmuebles, la existencia de deudas del causante (que se heredan junto con los bienes salvo que se acepte a beneficio de inventario) y la planificación fiscal previa son aspectos que un equipo de abogados y economistas puede anticipar antes de que se conviertan en un problema.
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